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Con una edad mínima de 16 años, este permiso autoriza a su poseedor la posibilidad de conducir con vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos cuya masa odimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos o cuya velocidad máxima no exceda de 45 km/h.
Además de esta información hay que tener en cuenta que no es necesaria esta autorización cuando sea titular del permiso de conducción B.
Si esta interesado en obtener este permiso de conducción con nosotros, siempre que cumpla los requisitos mínimos expuestos aquí y que reconoce la Dirección General de Tráfico (DGT), puede ponerse en contacto con nosotros mediante: